La jurisprudencia española ha ido perfilando, a lo largo de las últimas décadas, un estatuto procesal propio para el detective privado, reconociéndolo como un testigo dotado de una cualificación especial dentro del proceso judicial. Esto refuerza el valor probatorio de nuestros informes ante los tribunales.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en una línea jurisprudencial consolidada desde finales de los años 80, atribuye al detective privado habilitado la condición de testigo cualificado (también denominado testigo privilegiado). Esto se debe a que su testimonio no es el de un testigo casual, sino el de un profesional legalmente habilitado por el Ministerio del Interior, cuyas observaciones han sido recogidas de forma sistemática, verificada y documentada.
Esta doctrina se apoya, además, en el propio texto de la Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 265.4º y art. 380.1), que da soporte legal a los informes de detectives como medio de prueba y limita el interrogatorio del detective en juicio a los hechos recogidos en su propio informe.
Nuestros tribunales han reforzado esta condición en resoluciones más recientes. Por ejemplo, un tribunal superior de justicia ha señalado que el empresario que contrata a un detective para verificar una baja laboral no necesita acreditar previamente sospechas fundadas, ya que actúa amparado en el interés legítimo que reconoce la Ley de Seguridad Privada, siempre que la investigación no vulnere derechos fundamentales del trabajador.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sentencia 1969/2023 (Sala de lo Social), aborda una cuestión clave en materia de bajas laborales fraudulentas: los límites de la prueba obtenida por detective privado frente al derecho a la intimidad del trabajador.
El tribunal concluye que la legitimidad de este medio de prueba no depende de que la empresa acredite previamente “sospechas fundadas” para justificar la contratación del detective, ya que dicha legitimidad deriva directamente de su condición de empresario —o de parte demandada en el litigio— al concurrir el interés legítimo que exige la Ley de Seguridad Privada. La eventual vulneración de un derecho fundamental, señala la Sala, no vendría dada por el hecho de recurrir a un detective, sino, en su caso, por la forma en que se hubiera desarrollado la investigación, si esta hubiera afectado a la intimidad o dignidad del trabajador más allá de lo proporcionado.
Esta resolución refuerza la seguridad jurídica de las empresas a la hora de verificar situaciones de incapacidad temporal, siempre que la investigación se realice —como es nuestro caso— con pleno respeto a los límites que marca la ley. Si necesitas este tipo de investigación, consulta nuestro servicio de bajas laborales.
Referencia: ROJ STSJ ICAN 1969/2023 — ECLI:ES:TSJICAN:2023:1969. Consultable en el buscador oficial de jurisprudencia del CENDOJ.
La Sentencia del Tribunal Supremo 641/2018, de 20 de noviembre (Pleno, Sala 1ª), constituye la resolución de referencia en esta materia. En ella, el Alto Tribunal fija el criterio a seguir cuando el progenitor custodio, beneficiario del uso de la vivienda familiar, inicia una convivencia estable con una nueva pareja en ese mismo inmueble.
La doctrina fijada establece que, en tales circunstancias, procede la extinción del derecho de uso, al entenderse que la vivienda deja de cumplir su función de vivienda familiar para pasar a acoger a una nueva unidad de convivencia distinta de aquella para la que se atribuyó originalmente.
Esta doctrina es la que sustenta la utilidad de nuestros informes de investigación en los procedimientos de modificación de medidas, al aportar las pruebas objetivas necesarias para acreditar dicha convivencia ante el juzgado. Si necesitas acreditar este tipo de convivencia, consulta nuestro servicio de uso de vivienda por nueva pareja.
Referencia: ROJ STS 3882/2018 — ECLI:ES:TS:2018:3882. Consultable en el buscador oficial de jurisprudencia del CENDOJ.
En nuestro despacho, todos nuestros informes se elaboran conforme a los criterios que exige esta jurisprudencia: rigor, objetividad, licitud en la obtención de pruebas y una redacción clara que facilite su valoración por parte del juzgado. Nuestros detectives están disponibles para ratificar sus informes en sede judicial, aportando así la máxima solidez probatoria a la investigación realizada.
¿Necesitas un informe con validez probatoria para tu procedimiento judicial? Contáctanos para valorar tu caso, o consulta nuestros servicios de bajas laborales y uso de vivienda por nueva pareja, los dos supuestos jurisprudenciales que hemos analizado en esta página.