La competencia desleal constituye una de las mayores amenazas para la viabilidad de una empresa, especialmente cuando proviene de antiguos empleados, socios o competidores que actúan vulnerando la buena fe empresarial: captación indebida de clientes, uso de información confidencial, incumplimiento de cláusulas de no competencia o creación de sociedades paralelas para desviar negocio. Detectar y acreditar estas prácticas a tiempo es esencial para proteger los intereses de la empresa.
Nuestro servicio de investigación está dirigido a empresas, empresarios o personas con un interés legítimo y acreditado, con el objetivo de esclarecer estas conductas y aportar pruebas sólidas que permitan actuar frente a ellas por la vía civil, mercantil o laboral.
La Ley 3/1991, de Competencia Desleal establece una cláusula general que reputa desleal todo comportamiento contrario a las exigencias de la buena fe, y tipifica además una serie de conductas concretas especialmente relevantes para las empresas: la violación de secretos (art. 13), cuando se divulga o explota sin autorización información confidencial obtenida de forma lícita o ilícita; y la inducción a la infracción contractual (art. 14), cuando se induce a trabajadores, proveedores o clientes a incumplir sus obligaciones contractuales con la empresa competidora. Nuestra investigación se orienta precisamente a documentar este tipo de conductas con pruebas objetivas.
Mediante la investigación de sus movimientos comerciales: contactos con la cartera de clientes de la empresa, ofertas realizadas utilizando información o condiciones comerciales que solo podía conocer por su antigua posición, y vínculos con la nueva sociedad o actividad a través de la cual desarrolla esta captación. Esta información, documentada de forma objetiva, resulta clave para acreditar tanto el incumplimiento de una cláusula de no competencia como, en su caso, una infracción de la Ley de Competencia Desleal.
Son sociedades creadas por un antiguo empleado, socio o directivo para desviar negocio hacia una estructura distinta, a menudo ocultando su implicación real mediante testaferros o administradores de confianza. Nuestra investigación combina el análisis de registros mercantiles públicos con el trabajo de campo, para identificar el vínculo real entre la persona investigada y la nueva sociedad, más allá de lo que figure formalmente en el registro.
Sí. La propia ley permite ejercitar una acción de cesación o incluso de prohibición cuando la conducta desleal todavía no se ha puesto en práctica, pero resulta inminente, así como solicitar medidas cautelares urgentes cuando exista peligro grave e inminente. Cuanto antes se detecte y documente la conducta, más margen de actuación preventiva existe antes de que el perjuicio se consolide.
Actuamos con discreción, rigor profesional y pleno respeto a la legalidad, dentro del marco normativo que regula la actividad de los detectives privados, garantizando que toda la información obtenida sea lícita y tenga plena validez probatoria.
¿Sospechas que un antiguo empleado o competidor está actuando de forma desleal contra tu empresa? Contáctanos para valorar tu caso, o consulta también nuestro servicio de fraudes económicos.