Somos los únicos profesionales habilitados oficialmente para realizar investigaciones privadas por encargo de personas físicas o jurídicas, siempre con un interés legítimo válido y acreditado, actuando dentro del marco de la Ley de Seguridad Privada y su normativa de desarrollo. Consulta nuestro catálogo completo de servicios para conocer en detalle los distintos tipos de investigación que realizamos.
Ver servicios →Sí, siempre que el trabajo lo realice un detective con el título de Detective Privado, expedido tras superar un ciclo formativo oficial, y habilitado por el Ministerio del Interior mediante la correspondiente Tarjeta de Identidad Profesional (TIP), además de figurar inscrito en el Registro Nacional de Seguridad Privada (RNSP), emitido por la Dirección General de la Policía (Unidad Central de Seguridad Privada).
Marco legal y normativa de desarrollo →Sí, siempre que haya sido elaborado por un detective privado habilitado y las pruebas se hayan obtenido de forma lícita cumpliendo el objeto y fin de la investigación. El informe puede aportarse como prueba en un procedimiento judicial, y el detective puede ser llamado a ratificarlo mediante su testimonio en el juicio.
Ver marco jurisprudencial →Rotundamente no. El detective debe verificar que el cliente tiene un interés legítimo en el asunto (familiar, patrimonial, laboral, contractual, etc.) antes de aceptar el encargo, siendo esto un requisito legal imprescindible. Nuestro despacho respeta en todo momento el derecho a la intimidad, la propia imagen y la protección de datos de la persona investigada, realizando cada encargo bajo la más estricta ética profesional.
Sí, siempre que se realice en espacios públicos o de acceso público, sin vulnerar la intimidad domiciliaria ni utilizar medios desproporcionados. No se puede grabar en el interior de un domicilio sin consentimiento.
Depende de la complejidad, la casuística, el entorno, la persona a investigar y otros muchos factores del caso. Algunas investigaciones (por ejemplo, una infidelidad con indicios claros) pueden resolverse en pocos días, mientras que otras (como las relacionadas con custodias o rentas antiguas) pueden prolongarse semanas o incluso meses.
El detective privado no tiene potestad pública ni capacidad coercitiva; no puede detener, requisar ni intervenir bienes. Su labor se limita a la obtención de información y pruebas lícitas por encargo de particulares o empresas, en el ámbito privado.
El coste varía en función del tipo de investigación, su duración, el número de investigadores necesarios y la complejidad del caso. Lo habitual es solicitar un presupuesto personalizado tras una consulta inicial gratuita.
Ver honorarios y presupuestos →Es una posibilidad real en cualquier investigación. El detective informa al cliente de los hallazgos (o de la ausencia de indicios) de forma honesta y objetiva, ya que la función del profesional es esclarecer la verdad y reflejar la realidad, lo cual no confirma necesariamente las sospechas iniciales del cliente.
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